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Preguntas básicas para congresistas

Esta vez el turno fue para los parlamentarios. Votebien.com les hizo tres preguntas sobre su tarea cotidiana. Esto fue lo que respondieron.
Diciembre 3 de 2009
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Votebien le preguntó a ocho parlamentarios datos básicos sobre el Congreso
A seis meses de que terminen su período legislativo 2006-2010, Votebien.com les preguntó a algunos congresistas datos de cartilla sobre el lugar donde han legislado durante los últimos tres años y medio.

Después de un recorrido por los pisos tercero y quinto del edificio administrativo del Congreso, ocho parlamentarios respondieron a tres preguntas básicas. Los senadores y representantes fueron seleccionados al azar, sin distinción de partido o visibilidad.

Las preguntas formuladas fueron: ¿Cuántos congresistas integran la Cámara de Representantes? ¿Saben de qué se trata el artículo 183 de la Constitución Política? y ¿por qué razones un congresista puede perder la investidura?

Para aclarar las respuestas a los ciudadanos, Votebien.com publica las respuestas que están contempladas en la Ley:

1-. La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y especiales. Este órgano del poder legislativo está integrado por 166 representantes, de acuerdo con el Decreto 2545 de 2005, emitido el 25 de julio de ese año por el Ministerio del Interior y de Justicia.

2-.El artículo 183 de la Constitución establece las razones por las cuales un congresista puede perder su investidura. Es decir, su puesto en el Congreso y calidad de legislador.

3-.Las razones por las cuales un congresista pierde su investidura son:

-Por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, o del régimen de conflicto de intereses.

-Por la inasistencia, en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o de mociones de censura. -Por no tomar posesión del cargo dentro de los ocho días siguientes a la fecha de instalación de las cámaras, o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse.

-Por indebida destinación de dineros públicos.

-Por tráfico de influencias debidamente comprobado.
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