El estudio de la Procuraduría se corresponde con sus competencias como parte en procesos judiciales, pero no es vinculante (foto de archivo).
El estudio de la Procuraduría se corresponde con sus competencias como parte en procesos judiciales, pero no es vinculante (foto de archivo).

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Abril 23 de 2009

Procuraduría rechaza permitir adopción a homosexuales


La Procuraduría General de la Nación pidió a la Corte Constitucional que mantenga inmodificables las normas que permiten únicamente la adopción a las parejas heterosexuales.

Los dos artículos legales que regulan el asunto en el país no afectan el principio de la igualdad ni vulneran el de la no discriminación, consideró la Procuraduría General al rechazar los alegatos de una demanda en favor de la adopción por homosexuales.

La querella fue presentada por Colombia Diversa, Organización No Gubernamental (ONG) que lucha por el reconocimiento de derechos para las parejas del mismo sexo.

Según esta ONG, que llevó la demanda a la Corte Constitucional, los artículos de las leyes de 1990 y 2006 que rigen la adopción en el país violan los derechos constitucionales a la no discriminación y a la igualdad.

Según Colombia Diversa, la imposibilidad legal de adoptar, constituir y tener una familia desconoce los derechos y obligaciones de los homosexuales como parejas.

No obstante, la Procuraduría consideró que la expresión "compañeros permanentes" que aparece en la ley de 2006 "no puede hacerse extensiva, porque no cabe la analogía, a las parejas convivientes del mismo sexo".

Ante realidades nada iguales no cabe un mismo tratamiento, agregó la fuente, para la que "lo justo y lo debido es el trato diferenciado y justificado, por lo cual no existe ni afectación del principio de igualdad ni vulneración del principio de la no discriminación".

"La familia es una unidad articulada de relaciones constitutivas, entre las que adquieren una especial significación la relación de paternidad, la relación de maternidad y la relación de filiación", continuó la procuraduría, que es el órgano estatal de control de los funcionarios públicos.

Por ello, agregó, "resulta razonable afirmar que la familia es la forma humanizada de consanguinidad humana, fuente originaria de parentesco familiar, donde los hijos son fruto de la procreación que exige la distinción sexual entre el varón y la mujer".

El estudio de la Procuraduría se corresponde con sus competencias como parte en procesos judiciales, pero no es vinculante.

Terra Colombia / EFE
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