PRESTACIONES

Prima de Navidad: Estos trabajadores SÍ tienen DERECHO a este pago en diciembre (y los que no)

La prima de Navidad es un derecho al que no todos tienen acceso debido a su forma de contrato
lunes, 12 de diciembre de 2022 · 22:16

Las empresas colombianas ya tienen listos los preparativos para el pago de la prima de Navidad a los trabajadores; algunas están a punto de darle la cantidad que les toca anualmente a sus empleados, mientras que otras ya les dieron la plata, sin embargo, aún hay confusión entre empleados sobre si ellos tienen el derecho de recibir esta prestación, por lo que acá le contamos a que trabajadores sí les toca la prima de Navidad y a quienes no.

La prima de Navidad no es más que una de las prestaciones sociales que otorgan diversas empresas, la cual se trata del pago por el reconocimiento del trabajador que equivale a un mes de salario en el mes de diciembre. Se causa cuando el empleado ha laborado para la entidad durante todo el año civil, precisando que el año civil es el mismo que coincide con el año calendario, esto es, del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.

Según la legislación, el pago de la prima de Navidad se tendrá que hacer durante la primer quincena del mes de diciembre, como fecha a más tardar el día 20 de diciembre. En caso de no realizar este pago, los empleadores podrían ser sancionados y multados por incumplir las normas que fueron establecidas por el Ministerio del Trabajo.

Las empresas y los jefes están obligados a pagar la prima de Navidad a todos sus trabajadores formales, teniendo en cuenta el salario básico de cada uno, sus auxilios de transporte y, si aplica, bonificaciones, comisiones y horas extras, según el decreto de ley 1045 de 1978.

La prima de Navidad equivale a un mes de trabajo FOTO: Pixabay

Trabajadores CON DERECHO a la prima de Navidad

Ante la inminente llegada de este pago, los trabajadores deben reconocer si van a recibir esta prestación, por lo que aquí te decimos quienes sí tienen derecho:

  • Todos los trabajadores con contratos a términos fijo, indefinido (tanto del sector público como del privado).
  • Empleadas domésticas.

Para los servidores públicos, la prima se debe pagar la primera quincena de diciembre, mientras que en el sector privado los empleadores no se pueden extender del 20 de diciembre.

Trabajadores SIN DERECHO a la prima de Navidad

Mientras que los trabajadores sin derecho a la prima de Navidad son los siguientes:

  • Empleados que tengan contratos por prestación de servicio, pues no crean relación laboral, por lo que las empresas no están obligadas a pagarles prestaciones. 
  • Trabajadores independientes ni transitorios
  • Aquellos que reciben un salario integral, pues ahí se les incluye la prima. 

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