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¿Terceros pueden reclamar el subsidio Colombia Mayor? Esto dice Prosperidad Social

La entidad aclara el proceso para el cobro del subido ante la desinformación presente en los beneficiarios.
sábado, 23 de julio de 2022 · 17:39

Ante las dudas por parte de los beneficiarios del programa de protección Social al Adulto mayor, sobre si un tercero puede cobrar, Prosperidad Social esclareció los detalles y el proceso que deben seguir los avales.

Colombia Mayor es una estrategia liderada por el Departamento de Prosperidad Social, con el cual se busca beneficiar a 1.650.000 colombianos, este año.

Recientemente se realizó el sexto giro del apoyo entre el 1 y hasta el 15 de julio, donde se entregó a cada beneficiario 80 mil pesos que pueden ser reclamados en los puntos SuRed y aliados.

Sin embargo, existen adultos mayores que no están en condiciones de poder movilizarse, por lo que no pudieron solicitar sus recursos, de tal manera que un tercero debe ser el encargado de cobrar, aunque durante este ciclo se empezó a especular que esto ya no es posible.

“Para aquellos beneficiarios del programa Colombia Mayor que se encuentren en estado crítico de salud y no puedan desplazarse al punto de pago, podrán solicitar un aval a terceros mediante formato emitido por Prosperidad Social, en la cual exponga el consentimiento para la entrega de la transferencia”.

Esto fue lo que dijo Prosperidad Social ante los rumores de que los avales ya no podrían reclamar los pagos, pues mencionó que encontró una circular falsa donde decían que esta modalidad fue eliminada, pero todo lo contrario, pues la entidad asegura que buscan la manera de facilitar la llegada de los recursos a los abuelitos.

Para recibir el pago a través de un tercero, se tendrá que hacer un poder que deberá ser validado ante un juez o un notario. Podría ser necesario autenticar el motivo por el cual el adulto mayor no puede acudir a recibir su pago personalmente, e incluso podrían solicitar una foto para probar su imposibilidad.

Al comprobar que todo está en orden, la persona delegada puede acudir ante el operador de pago donde debe presentar: Cédula de ciudadanía original y la del beneficiario inscrito en el programa, Fotocopia del documento de identidad del beneficiario y entregar l poder, o autorización original, la cual debe tener una vigencia no mayor a 30 días.

AG

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