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Se conoció la lista de paraisos fiscales donde colombianos ricos fugan su dinero

El Ministerio de Hacienda publicó la lista de 25 países que conforman los destinos más solicitados por los ciudadanos de Colombia.
jueves, 28 de noviembre de 2024 · 18:30

Colombia presenta altos índices de evasión fiscal y está inmersa en una realidad que afecta no solo al Estado, sino a las personas más vulnerables del país, ya que afecta la capacidad de recaudo del país, reduciendo la capacidad de que los impuestos se conviertan en inversiones sociales o de infraestructura. De acuerdo con datos brindados por la Oxfam, más de un tercio (36 %) de lo que invierten los colombianos en el exterior va a parar a algún paraíso fiscal. 

En ese sentido, es Panamá el principal destino de este dinero, algo que no es raro, ya que este país es reconocido como tal por la Unión Europea y otras naciones. Hay que decir que, con la firme intención de tener más control sobre la evasión fiscal (que le habría costado 3,2 billones de pesos al país en el primer semestre de 2024), el Ministerio de Hacienda prepara un proyecto de ley con la intención de actualizar el listado de los paraísos fiscales con los países que ejecutan baja o nula tributación y que no comparten abiertamente la información relacionada. 

¿Cuáles son las listas de países calificados como paraísos fiscales, según Hacienda? 

  • Archipiélago de Svalbard 
  • Colectividad Territorial de San Pedro y Miguelón 
  • Estado de Kuwait 
  • Estado de Qatar 
  • Estado Independiente de Samoa Occidental 
  • Isla Queshm 
  • Islas Pitcairn, Henderson, Ducie y Oeno 
  • Islas Salomón 
  • Labuán 
  • Macao 
  • Mancomunidad de las Bahamas 
  • Reino de Bahréin 
  • Reino Hachemí de Jordania 
  • República Cooperativa de Guyana 
  • República de Angola 
  • República de Cabo Verde 
  • República de las Islas Marshall 
  • República de Liberia 
  • República de Maldivas 
  • República de Nauru 
  • República de Trinidad y Tobago 
  • República de Vanuatu 
  • República del Yemen 
  • Santa Elena, Ascensión y Tristán de Cunha 
  • Sultanía de Omán 

Hay que tener en cuenta que, a partir de la Resolución No.000096 del 31 de mayo de 2024, el Ministerio de Hacienda habilitó el siguiente enlace para las personas que deseen, hasta el 10 de diciembre de 2024, dejar comentarios u observaciones en el proyecto de ley: http://bit.ly/4g6fb5h 

Recordemos que, según la jurisprudencia actual, los países que no cooperan con información o que cuentan con baja tributación cuentan con las siguientes características, para Colombia

  1. Inexistencia de tipos impositivos o existencia de tipos nominales sobre la renta bajos, con respecto a los que se aplicarían en Colombia en operaciones similares. 
  2. Carencia de un efectivo intercambio de información o existencia de normas legales o prácticas administrativas que lo limiten. 
  3. Falta de transparencia a nivel legal, reglamentario o de funcionamiento administrativo. 
  4. Inexistencia del requisito de una presencia local sustantiva, del ejercicio de una actividad real y con sustancia económica.