Los detalles
Aumento en las declaraciones de renta en Colombia: ¿qué deben saber los contribuyentes?
Más de tres millones de colombianos han presentado su declaración de renta en 2024, impulsados por los movimientos entre cuentas bancarias y billeteras digitales.En Colombia, el número de declaraciones de renta creció significativamente en el último año, con más de tres millones de personas cumpliendo con esta obligación fiscal. De estas, cerca de 800.000 personas, que anteriormente no lo hacían, tuvieron que declarar debido a los movimientos entre sus propias cuentas bancarias y plataformas digitales como Nequi y Daviplata. Este cambio suscitó muchas dudas entre los contribuyentes sobre la necesidad de declarar o pagar impuestos por estas transacciones.
Cecilia Rico, directora de gestión de impuestos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), aclara que no todos los movimientos entre cuentas personales implican el pago de impuestos. "El criterio de los movimientos bancarios solamente me clasifica como que estoy obligado a presentar la declaración", señaló Rico. Esto significa que si los movimientos bancarios superan los 53 millones de pesos, es necesario declarar, aunque no siempre implique un pago de impuestos.
Además, según el artículo 771-5 del Estatuto Tributario, los pagos realizados a través de billeteras digitales cumplen con los requisitos para ser considerados deducciones fiscales, incluso si son de bajo monto. No obstante, si el valor acumulado en estas plataformas durante el año 2023 es igual o superior a $59.377.000, el usuario estará obligado a declarar renta.
¿Cómo corregir errores en la declaración de renta?
Para quienes ya han presentado su declaración, pero cometieron errores, la Dian ha establecido varios procedimientos de corrección para evitar sanciones. Estos procedimientos pueden realizarse de manera presencial, virtual o escrita. La opción presencial requiere que el titular, su representante legal o un tercero autorizado presenten una solicitud de corrección en la Dirección Seccional correspondiente. En la vía virtual, el servicio de Pqrs (Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias) permite a los usuarios realizar ajustes, mientras que la opción escrita requiere el envío de una solicitud detallada a la dependencia de Recaudación.
Es importante mencionar que los errores informativos, como los relacionados con el Número de Identificación Tributaria (NIT), el nombre o razón social, o el concepto del tributo, no alteran el valor del impuesto y, por lo tanto, no siempre conllevan sanciones. Sin embargo, si la corrección aumenta el saldo a pagar o disminuye el saldo a favor, sí puede haber sanciones. "Si la corrección no cambia el saldo a pagar o si el error es meramente patrimonial, no hay sanción", explica la plataforma Tributi, especializada en trámites tributarios.