Atención conductores
Pico y Placa: estos son los vehículos que no pueden transitar en Bucaramanga este 14 de febrero
Estos son los automóviles y motocicletas que no circulan este viernes entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.Pico y Placa nos permite que haya una mejor circulación con la prohibición de la vialidad de algunos automóviles, ya sean estos particulares, motocicletas o taxis; lo cierto es que dicha prohibición se aplica a ciertos vehículos con un número de placas específico, los cuales no podrán andar por las calles de diversas ciudades en un horario determinado, debido a que esta nueva ley es de carácter obligatorio y se podría tener una sanción si no se cumple.
En esta ocasión nos centraremos en Bucaramanga, ya que desde el 7 de enero pasado entró en vigor un nuevo esquema, tras la aprobación de la Resolución 790 de 2024 por parte de las autoridades municipales. Esta es una normativa que establece las disposiciones actualizadas que regirán la movilidad en la ciudad.
¿Cuál es el cambio en el Pico y Placa de Bucaramanga para el año 2025?
Tras la Resolución 790 de 2024, se mantienen los mismos horarios y la rotación trimestral. Para el primer trimestre de 2025, el Pico y Placa operará de la siguiente manera:
- Lunes: placas terminadas en 9 y 0
- Martes: placas terminadas en 1 y 2
- Miércoles: placas terminadas en 3 y 4
- Jueves: placas terminadas en 5 y 6
- Viernes: placas terminadas en 7 y 8.
En ese sentido, el viernes 14 de febrero de 2025 la restricción aplicará a los vehículos con placas terminadas en 7 y 8, desde las 6:00 a. m. hasta las 8:00 p. m. En el caso de los taxis, funcionará de la misma manera, pero los horarios serán entre las 7:00 de la mañana y las 9:00 de la noche.
¿Cuáles son los vehículos que están exentos del Pico y Placa en Bucaramanga?
Las autoridades de tránsito de Bucaramanga definieron una lista de vehículos exentos de la medida, los cuales podrán circular sin autorización especial. Los mismos incluyen:
- Vehículos destinados a servicios funerarios.
- Vehículos utilizados por miembros del gabinete municipal y del departamento de Santander.
- Vehículos eléctricos matriculados.
- Vehículos de transporte público de pasajeros.
- Vehículos de caravanas presidenciales, oficiales, de bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, y recolectores de basura, debidamente identificados.
- Vehículos de las Fuerzas Militares y de Policía.
- Vehículos de empresas de servicios públicos y de mantenimiento de redes.
- Vehículos propiedad de medios de comunicación.